18 de set. de 2012

AYUDAS INDIVIDUALES PARA ASTURIANOS Y DESCENDIENTES RESIDENTES EN EL EXTERIOR 2012

Con un gran esfuerzo por parte del Gobierno del Principado de Asturias, se convocan las ayudas económicas individuales, directas, extraordinarias, no periódicas, de carácter social y asistencial destinadas a asturianos y asturianas y descendientes residentes en el exterior

 
Objeto de la convocatoria

La presente convocatoria tiene como objeto la regulación de la concesión de ayudas económicas individuales, directas, extraordinarias, no periódicas, de carácter social y asistencial destinadas a asturianos y asturianas y descendientes residentes en América Latina: América del Sur, América Central, Países del Mar Caribe y Méjico, que se encuentran en una situación de necesidad, para el año 2012.

Su finalidad es cubrir las necesidades básicas de subsistencia de las personas beneficiarias descritas en el apartado quinto de las Bases reguladoras de las convocatorias públicas para la concesión de ayudas individuales para asturianos y asturianas y descendientes residentes en el exterior.

Líneas y tipologías de actuación

Línea 1.—Ayudas individuales para asturianos y asturianas residentes en el exterior

a) Ayudas individuales para situaciones de emergencia social.

b) Ayudas para cubrir situaciones especiales de discapacidad (ayudas técnicas).

c) Ayudas individuales para situaciones de precariedad, para mayores de 65 años.

d) Ayudas individuales por invalidez o enfermedad permanente incapacitante para el desarrollo de la vida laboral para menores de 65 años.


Línea 2.—Ayudas individuales para descendientes de asturianos y asturianas residentes en el exterior

a) Ayudas individuales para situaciones de emergencia social.

b) Ayudas para cubrir situaciones especiales de discapacidad (ayudas técnicas).

Plazo de presentación de solicitudes, forma de presentación y documentación a presentar.

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 17 de octubre de 2012

Las solicitudes se podrán dirigir a:

Centro Asturiano de São Paulo

Ayudas individuales 2012

Rua Fradique Coutinho, 634 – sl.31

05416-000 – São Paulo – SP - Brasil


Consejería de Presidencia

Calle Eduardo Herrera “Herrerita”, 3.ª planta

33006 – Oviedo – España


Igualmente podrá presentarse en la sede de los diferentes Centros Asturianos o entidades de análoga condición que tengan reconocida la asturianía en los países de destino de la presente convocatoria o en aquellas entidades consideradas como colaboradoras.

Las solicitudes deberán acompañarse de la siguiente documentación:

1 - Documentación acreditativa de la condición de asturiano o asturiana o de descendientes

a) - En el caso de asturianos de origen: copia del pasaporte o de la partida de nacimiento.

b) En el caso de descendientes de asturiano o asturiana: copia del Registro Consular.

2 - Documento en el que consten los ingresos económicos de la persona solicitante de cualquier tipo de ayuda. En el caso de las ayudas individuales para situaciones de emergencia, social, deberán presentarse los ingresos económicos de la unidad familiar. Asimismo declaración responsable de las ayudas estatales y/ o autonómicas que hayan solicitado durante el año de la convocatoria.


3 - Documento o certificación expedida por el organismo competente que acredite la propiedad de bienes inmuebles o de naturaleza afín del solicitante, entendiendo por bienes de naturaleza afín, los locales, bajos, tierras, negocio y otros que puedan generar rentas (Impuesto de Renta).


4 - Documento identificativo de la persona solicitante en país de residencia (cédula de identificación, carné de identidad, o certificado de residencia expedido por el Consulado General).


5) Fotocopia del DNI o Pasaporte en vigor del solicitante.


6) En los casos de ayudas individuales para situaciones de emergencia social, ayudas para cubrir situaciones especiales de discapacidad (técnicas) el informe correspondiente que acredite tales circunstancias.


7 - En el caso de solicitar ayuda por invalidez o enfermedad permanente incapacitante para el desarrollo de la vida laboral para menores de 65 años, copia del documento en el que se acredite el reconocimiento de la invalidez o enfermedad permanente incapacitante, por el Sistema Público del país correspondiente o informe médico que lo certifique.


8) Declaración Responsable de no hallarse en alguna de las circunstancias a que se refiere el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de no recibir ningún tipo de ayuda por el mismo concepto. En el caso de recibirlas indicar cuales y su importe.
 
El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 17 de octubre de 2012

Contacto: centroastursp@terra.com.br / Tel. (11) 97305.7172

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