Con un gran esfuerzo por parte del Gobierno del Principado de Asturias, se convocan las ayudas económicas individuales, directas, extraordinarias, no periódicas, de carácter social y asistencial destinadas a asturianos y asturianas y descendientes residentes en el exterior
Objeto de la
convocatoria
La presente convocatoria tiene
como objeto la regulación de la concesión de ayudas económicas individuales,
directas, extraordinarias, no periódicas, de carácter social y asistencial
destinadas a asturianos y asturianas y descendientes residentes en América
Latina: América del Sur, América Central, Países del Mar Caribe y Méjico, que se
encuentran en una situación de necesidad, para el año 2012.
Su finalidad es cubrir las
necesidades básicas de subsistencia de las personas beneficiarias descritas en
el apartado quinto de las Bases reguladoras de las convocatorias públicas para
la concesión de ayudas individuales para asturianos y asturianas y descendientes
residentes en el exterior.
Líneas y tipologías de
actuación
Línea 1.—Ayudas individuales
para asturianos y asturianas residentes en el
exterior
a) Ayudas individuales para
situaciones de emergencia social.
b) Ayudas para cubrir
situaciones especiales de discapacidad (ayudas
técnicas).
c) Ayudas individuales para
situaciones de precariedad, para mayores de 65
años.
d) Ayudas individuales por
invalidez o enfermedad permanente incapacitante para el desarrollo de la vida
laboral para menores de 65 años.
Línea 2.—Ayudas individuales para descendientes de asturianos y
asturianas residentes en el exterior
a) Ayudas individuales para
situaciones de emergencia social.
b) Ayudas para cubrir
situaciones especiales de discapacidad (ayudas
técnicas).
Plazo de presentación de
solicitudes, forma de presentación y documentación a
presentar.
El plazo de presentación de
solicitudes finaliza el 17 de octubre de 2012
Las solicitudes se podrán
dirigir a:
Centro Asturiano de São
Paulo
Ayudas individuales
2012
Rua Fradique Coutinho, 634 –
sl.31
05416-000 – São Paulo – SP -
Brasil
Consejería de
Presidencia
Calle Eduardo Herrera
“Herrerita”, 3.ª planta
33006 – Oviedo –
España
Igualmente podrá presentarse en
la sede de los diferentes Centros Asturianos o entidades de análoga condición
que tengan reconocida la asturianía en los países de destino de la presente
convocatoria o en aquellas entidades consideradas como
colaboradoras.
Las solicitudes deberán
acompañarse de la siguiente documentación:
1 - Documentación acreditativa
de la condición de asturiano o asturiana o de descendientes
a) - En el caso de asturianos de
origen: copia del pasaporte o de la partida de
nacimiento.
b) En el caso de descendientes
de asturiano o asturiana: copia del Registro
Consular.
2 - Documento en el que consten
los ingresos económicos de la persona solicitante de cualquier tipo de ayuda. En
el caso de las ayudas individuales para situaciones de emergencia, social,
deberán presentarse los ingresos económicos de la unidad familiar. Asimismo
declaración responsable de las ayudas estatales y/ o autonómicas que hayan
solicitado durante el año de la convocatoria.
3 - Documento o certificación
expedida por el organismo competente que acredite la propiedad de bienes
inmuebles o de naturaleza afín del solicitante, entendiendo por bienes de
naturaleza afín, los locales, bajos, tierras, negocio y otros que puedan generar
rentas (Impuesto de Renta).
4 - Documento identificativo de
la persona solicitante en país de residencia (cédula de identificación, carné de
identidad, o certificado de residencia expedido por el Consulado
General).
5) Fotocopia del DNI o Pasaporte
en vigor del solicitante.
6) En los casos de ayudas
individuales para situaciones de emergencia social, ayudas para cubrir
situaciones especiales de discapacidad (técnicas) el informe correspondiente que
acredite tales circunstancias.
7 - En el caso de solicitar
ayuda por invalidez o enfermedad permanente incapacitante para el desarrollo de
la vida laboral para menores de 65 años, copia del documento en el que se
acredite el reconocimiento de la invalidez o enfermedad permanente
incapacitante, por el Sistema Público del país correspondiente o informe médico
que lo certifique.
8) Declaración Responsable de no
hallarse en alguna de las circunstancias a que se refiere el artículo 13.2 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de no recibir ningún
tipo de ayuda por el mismo concepto. En el caso de recibirlas indicar cuales y
su importe.
Contacto: centroastursp@terra.com.br
/ Tel. (11) 97305.7172
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