1 de fev. de 2015

Ayudas asistenciales individuales para asturianos/as residentes en el exterior. Convocatoria 2015



La presente convocatoria tiene como objeto la regulación de la concesión de ayudas económicas individuales, directas, extraordinarias, no periódicas, de carácter social y asistencial destinadas a asturianos y asturianas y descendientes residentes en América Latina: América del Sur, América Central, Países del Mar Caribe y Méjico, que se encuentran en una situación de necesidad, para el año 2015.

Su finalidad es cubrir las necesidades básicas de subsistencia de las personas beneficiarias descritas en la base quinta de las reguladoras de las convocatorias públicas para la concesión de ayudas individuales para asturianos y asturianas y descendientes residentes en el exterior.

Líneas y tipologías de actuación.
Línea 1.—Ayudas individuales para asturianos y asturianas residentes en el exterior:
a) Ayudas individuales para situaciones de emergencia social.
b) Ayudas para cubrir situaciones especiales de discapacidad (ayudas técnicas).
c) Ayudas individuales para situaciones de precariedad, para mayores de 65 años.
d) Ayudas individuales por invalidez o enfermedad permanente incapacitante para el desarrollo de la vida laboral para menores de 65 años.

Línea 2.—Ayudas individuales para descendientes de asturianos y asturianas residentes en el exterior:
a) Ayudas individuales para situaciones de emergencia social.
b) Ayudas para cubrir situaciones especiales de discapacidad (ayudas técnicas).

Documentación exigida.

a) Documentación acreditativa de la condición de asturiano o asturiana o descendientes.
— En el caso de asturianos y asturianas de origen: copia del pasaporte o de la partida de nacimiento.
— En el caso de descendientes de asturiano o asturiana: Copia de la partida de nacimiento y Certificado de inscripción en el Padrón de españoles residentes en el extranjero (PERE).

b) Documento en el que consten los ingresos económicos del solicitante o de los miembros de la unidad familiar, en el caso de las ayudas para situaciones de emergencia social. Para el resto de las ayudas, será suficiente con que en el documento consten los ingresos económicos de la persona solicitante. Asimismo se aportará declaración responsable de las ayudas estatales y/o autonómicas que hayan solicitado durante el año de la convocatoria.

c) Documento o certificación expedida por el organismo competente que acredite la propiedad de bienes inmuebles o de naturaleza afín del solicitante, entendiendo por bienes de naturaleza afín, los locales, bajos, tierras, negocio y otros que puedan generar rentas. En el caso de que la ayuda solicitada sea para una situación de emergencia social, será necesario que dicha documentación acredite no solamente la propiedad de los bienes del solicitante, sino también los de los miembros de la unidad familiar. Si la Administración del país de residencia no contemplara en su marco normativo la expedición de tales documentos acreditativos se presentará declaración responsable que informe sobre la propiedad de bienes inmuebles o de naturaleza afín.

En el caso de que se dispusiese de propiedades se podrán solicitar informes complementarios que acrediten las rentas de los mismos.

d) Documento identificativo de la persona solicitante en el país de residencia (cédula de identificación, carné de identidad) y, en su caso, de los demás miembros de la unidad familiar.

e) En los casos de ayudas individuales para situaciones de emergencia social, se aportará el informe o el documento emitido por la Administración Pública, Organismo Público u Organización legalmente constituida que acredite tales circunstancias.

f) En el supuesto de situaciones especiales de discapacidad, se aportará informe médico o certificado de discapacidad. Dicha documentación, podrá ser sustituida por informe técnico emitido por el órgano gestor, siempre que se trate de situaciones que se mantienen en el tiempo y que ya se hubiesen acreditado con anterioridad.

g) En el caso de solicitar ayuda por invalidez o enfermedad permanente incapacitante para el desarrollo de la vida laboral para menores de 65 años, copia del documento en el que se acredite tal circunstancia emitido por el Sistema Público del país correspondiente o informe médico que lo certifique.

h) Declaración Responsable de no hallarse en alguna de las circunstancias a que se refiere el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de no recibir ningún tipo de ayuda por el mismo concepto. En el caso de recibirlas indicar cuales y su importe.

i) En el caso de encontrarse en una situación de violencia de género, será necesario la existencia de denuncia previa o informe emitido por entidades cuyo objeto o finalidad sea la atención de estas situaciones en el país de residencia.

j) Acreditación del valor de los bienes donados. En caso de no haber donado bienes, declaración responsable del interesado.

Las solicitudes se dirigirán a la Consejería de Presidencia y se formalizarán por escrito en el modelo normalizado que se determina en el anexo I que acompaña a la presente Resolución, presentándose en el registro de la Consejería de Presidencia, sito en la c/ Eduardo Herrera “Herrerita”, 3.ª planta, o en cualquiera de los registros u oficinas y por los medios a que se refieren el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 13 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias.

Igualmente podrá presentarse en la sede de los diferentes Centros Asturianos o entidades de análoga condición que tengan reconocida la asturianía en los países de destino de la presente convocatoria.

En el caso de Brasil, las solicitudes podrán presentarse en:
CENTRO ASTURIANO DE SÃO PAULO
Rua Fradique Coutinho nº 634 , sl.31
05416-000 – São Paulo – SP

Convocatoria completa. Pinche aquí 

Información: tel. (11) 97305.7172 / centroastursp@terra.com.br

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 15 de abril de 2015 inclusive

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